El Congreso de la República avaló de urgencia nacional el Decreto Número 21-2026, oficializando el subsidio estatal propuesto por el Ejecutivo para contener la escalada en las gasolineras. Tal como anticipó la SAT a inicios de semana, el Legislativo optó por la liquidación directa con los importadores —la vía administrativa más rápida—, por lo que el beneficio llegará a las calles en cuanto se publique su respectivo reglamento en los próximos días.
Topes máximos al consumidor final
La normativa garantiza que, sin importar la volatilidad del mercado petrolero internacional, los conductores guatemaltecos no pagarán más de los siguientes límites con impuestos ya incluidos:
| Tipo de Combustible | Precio Máximo Fijado por la Ley |
| Diésel | Q39.00 por galón |
| Gasolina Regular | Q39.00 por galón |
| Gasolina Superior | Q41.00 por galón |
El mecanismo de estabilización (EX RACK)
El Estado calculará de forma continua el costo real de importación sumando el precio internacional, flete marítimo, impuestos (IVA e IDP) y gastos logísticos. Si esta fórmula supera los topes aprobados, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) absorberá la diferencia, pagándola directamente a los importadores autorizados para que el descuento se aplique de inmediato en la bomba dispensadora.
Duración y financiamiento
El apoyo temporal estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, financiado mediante un techo presupuestario de hasta Q2,500 millones. Estos recursos provendrán de recortes y readecuaciones a distintas carteras (Gobernación, Comunicaciones, Economía), fondos del FOVIP y reintegros de crédito fiscal. El subsidio podría caducar prematuramente bajo dos escenarios:
- El agotamiento total de los fondos asignados.
- Una caída sostenida del mercado internacional por 15 días consecutivos (por debajo de USD 3.00 el galón de diésel, USD 2.90 la superior y USD 2.80 la regular).
Fuerte cerco de fiscalización y sanciones
Para garantizar que la medida no se preste a corrupción o especulación, se estableció una cadena de vigilancia interinstitucional:
- Monitoreo en calle: La DIACO inspeccionará físicamente las estaciones, mientras la SAT auditará el cumplimiento a través de la facturación electrónica. La Contraloría General fiscalizará el flujo de los fondos públicos.
- Multas económicas: Las gasolineras que ignoren el precio de referencia serán castigadas con 30 Unidades de Multa Ajustables (UMAS) por cada falta.
- Bloqueo al contrabando: Se prohíbe estrictamente exportar o extraer del país combustible que haya recibido el subsidio. Quienes incurran en esta práctica enfrentarán persecución penal y aduanera por defraudación al Estado.
